viernes, 22 de julio de 2016
jueves, 21 de julio de 2016
3 ESTACION INDUCCION
Descripción caso 2
Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde
el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso
en realizar las actividades de formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea
recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para
conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le responde: “Usted
debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado
porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que
solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a
encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera
respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y
quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.
Análisis del caso
De acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una
solicitud oficial para recibir los juicios de evaluación de las evidencias presentadas:
¿En qué capítulo, artículo e ítems del
Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de
manera respetuosa y formal?
Nicolás debe hacer su
solicitud en el capítulo II, articulo 7, ítems 11 y 12 del reglamento del
aprendiz.
Descripción caso 4
El comité de evaluación y seguimiento
está reunido para analizar unas situaciones que se han presentado con algunos aprendices.
Al finalizar la reunión, uno
de los miembros del equipo les manifiesta
a los aprendices que formalmente el subdirector del centro les enviará
un comunicado con la información pertinente, pero como conclusión, les puede
adelantar que se aplicarán a tres aprendices las medidas formativas necesarias
Las medidas serán: dos por faltas
académicas y una por falta disciplinarias. Adicionalmente, se va a brindar
estímulos a dos aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices plantea
que no recuerda en qué consisten las faltas académicas y disciplinarias.
Análisis del caso
De acuerdo con el Reglamento de Aprendices, explique a los compañeros lo
siguiente:
¿Cuáles son las
medidas formativas y en qué consisten?
Son medidas formativas:
1. Llamado de
atención verbal: Cuando se trate de hechos que contraríen en
menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes,
derechos y prohibiciones, o cuando sea necesario para prevenir la ocurrencia de
hechos que vulneren esos deberes, derechos y prohibiciones, el aprendiz podrá
recibir un llamado de atención verbal por parte del (los) Instructor, el
Coordinador Académico, el(los) responsable(s) de Bienestar, o el Subdirector
del Centro. Este llamado de atención verbal no constituye una sanción.
2. Plan de
Mejoramiento académico: Es una medida adoptada para definir acciones
de formación, previo agotamiento de estrategias pedagógicas del instructor e
iniciativas del aprendiz, el Plan de Mejoramiento es un documento que consigna
acciones concertadas entre el Aprendiz y
el Instructor o el Coordinador Académico, que se formula durante la ejecución
del programa de formación para garantizar el logro de los resultados de
aprendizaje, el cual deberá ejecutarse dentro del término de un (1) mes contado
a partir de la concertación del mismo con el Aprendiz. Cuando se le ha
realizado un llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula; el Plan
de Mejoramiento será firmado por el
Aprendiz. El plan de mejoramiento deberá contemplar nuevas actividades de
aprendizaje, para el logro de los objetivos del proceso formativo; se deben
identificar el o los resultados de aprendizaje que no han sido alcanzados y las evidencias de aprendizaje que debe
presentar el aprendiz para evaluar su logro. Será responsabilidad del equipo de
instructores o del Coordinador que haya designado el Subdirector de Centro en
el acto sancionatorio, participar en la definición de este plan de mejoramiento,
evaluar el avance y el logro de los resultados de aprendizaje definidos en este
plan.
3. Plan de
mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir
acciones de carácter comportamental, actitudinal o social, para propiciar en el
Aprendiz cambios en su conducta, cuando se le ha impuesto sanción disciplinaria
consistente en llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula;
este plan debe ser firmado por el Aprendiz y deberá contemplar la falta
cometida y las evidencias de cambio en el comportamiento que se esperan en un
período máximo de un (1) mes contado a partir de la concertación respectiva. Será
responsabilidad del Instructor o del Coordinador que haya designado el
Subdirector de Centro en el acto sancionatorio, participar en la definición de
este plan de mejoramiento, evaluar el avance y el logro de los resultados
comportamentales definidos en este plan
¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse
a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
Las sanciones que se pueden imponer a los aprendices por faltas académicas
o disciplinarias pueden ser:
a. Llamado de
atención escrito: Medida
sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por el
Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a la
hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento,
por la falta académica o disciplinaria cometida por un aprendiz. Los llamados
de atención escrito implican compromisos escritos por parte del aprendiz en el
proceso de formación.
b.
Condicionamiento de la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en
una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido
en este Reglamento.
El condicionamiento de matrícula cesa cuando el Aprendiz cumple el plan
de mejoramiento concertado y /o compromisos escritos.
Mencione por lo
menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los
aprendices y que casos se otorgan
Los estímulos son:
a. Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador,
durante su proceso de aprendizaje, siempre y cuando el aprendiz presente
alternativas de innovación y creatividad.
b. Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o
internacional y se otorga una vez haya culminado la etapa lectiva y exista la posibilidad
de un intercambio en un país diferente a Colombia.
lunes, 18 de julio de 2016
MI PRESENTACION
Mi nombre es Jackeline Mejía Ger, tengo 17 años, nací en el Municipio de
Potosí, actualmente vivo en la vereda de Cuaspud, mis estudios secundarios los realice
en la Institución Educativa Nuestra Señora de Lourdes, tengo un técnico en
sistemas, mis propósitos para salir adelante son estudiar mucho y así adquirir
varios conocimientos que me ayuden a
superarme como persona profesional y cumplir mis metas propuestas.
En mis pasatiempos me gusta escuchar música y mis deportes favoritos son
el baloncesto y el patinaje.
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